Costa Rica

1. Sistema Nacional de Control de Alimentos (SNCA)

En Costa Rica, las competencias institucionales en materia de control e inocuidad de alimentos se distribuyen en el Ministerio de Salud, Ministerio de Agricultura y Ganadería, y Ministerio de Economía Industria y Comercio. Dentro de estos ministerios, existen algunas dependencias específicas con atribuciones directas sobre la inocuidad y calidad de los alimentos.

 1.1. Actores del SNCA

 1) Ministerio de Salud

Es la institución encargada de la regulación y control de los alimentos producidos a nivel nacional y productos de importación. Regula y controla establecimientos de alimentos como industrias, bodegas, servicios de alimentación al público, entre otros. Adicionalmente, realiza la vigilancia de enfermedades transmitidas por los alimentos.

a) Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA)

Es una institución pública adscrita al Despacho de la Ministra(o) de Salud responsable de prevenir y controlar problemas prioritarios en salud pública. Dentro de sus funciones se puede mencionar: desarrollo de sistemas de vigilancia epidemiológica basados en laboratorios y centros nacionales de referencia (CNR), ejecución de investigaciones en salud pública para generar conocimiento que apoye la toma de decisiones, y la transferencia del conocimiento generado mediante procesos de enseñanza y comunicación. Adicionalmente cuenta con el Centro Nacional de Referencia de Inocuidad Microbiológica de Alimentos (CNRIMA) cuya responsabilidad es la vigilancia basada en laboratorio de los alimentos sujetos a regulación por parte del Ministerio de Salud, y de los análisis microbiológicos de alimentos y aguas relacionados con brotes de enfermedades transmitidas por los alimentos (ETA). Además, participa activamente en los procesos de aseguramiento de la calidad, enseñanza, capacitación e investigación, en cooperación con otras instituciones, nacionales o internacionales.

2) Ministerio de Agricultura y Ganadería

Es la institución a cargo de la planificación, coordinación, ejecución, control y evaluación de las actividades públicas, como apoyo al desarrollo agropecuario nacional. Sus competencias específicas en el tema del control o inspección de alimentos y de la verificación de la calidad de algunos de los órganos que conforman el sector agropecuario según la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, la Ley de Protección Fitosanitaria y la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción. Estas actividades las realiza mediante las siguientes instituciones:

a) Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA)

El SENASA es un órgano con desconcentración mínima y personalidad jurídica instrumental para realizar las competencias previstas en la Ley. En su calidad de órgano técnico, goza de independencia de criterio en el desempeño de sus atribuciones de ley. El director general del SENASA es el responsable directo ante el ministro y el viceministro de Agricultura y Ganadería

Es la institución encargada de administrar, planificar, dirigir y tomar las medidas veterinarias o sanitarias pertinentes sobre el control de la inocuidad de los productos y subproductos de origen animal, considerando aditivos alimentarios, residuos de medicamentos veterinarios, plaguicidas y otros contaminantes químicos, biológicos o de origen biotecnológico. Establece y hace cumplir las regulaciones de control de calidad, monitoreo, registro, importación, almacenamiento, control sanitario de la producción nacional, almacenamiento, transporte, redestino, tránsito, comercialización, medios de transporte, retención y decomiso, y el uso de medicamentos veterinarios, sustancias peligrosas, material genético, material biotecnológico, agentes patógenos de origen animal, aditivos alimentarios y alimentos para animales domésticos, acuáticos, silvestres u otros.

Dentro del SENASA, es la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal (DIPOA) la entidad encargada de regular y controlar la seguridad sanitaria e inocuidad de los alimentos de origen animal para consumo humano en forma integral, a lo largo de la cadena de producción alimentaria para la protección de la salud humana, para lo cual verifica infraestructura, procesos y resultados en los establecimientos para productos locales y de exportación.

b) Servicio Fitosanitario del Estado (SFE)

El SFE es un órgano con personalidad jurídica instrumental, cuyo director nacional depende jerárquicamente del Ministerio de Agricultura y Ganadería. El SFE es la institución encargada de controlar y regular el intercambio comercial de productos agrícolas tanto en la importación como para la exportación, certifica la condición fitosanitaria de los productos para la exportación, mantiene la vigilancia y el control de las plagas de importancia económica y sobre aquellas plagas no presentes en el país que puedan representar una amenaza potencial para la producción agrícola nacional. Además, se encarga del registro, control y regulación de sustancias químicas y biológicas de uso agrícola (plaguicidas, fertilizantes, sustancias biológicas y otros productos afines), su control de calidad y los niveles máximos de residuos permitidos (LMR) de los plaguicidas en los productos de consumo fresco.

c) Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA)

El INCOPESCA es un ente público estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Si bien no depende del Ministerio de Agricultura, la junta directiva, que es la máxima dirección de esta institución, está compuesta por nueve miembros, dentro de los cuales se encuentra el ministro de agricultura. El INCOPESCA es la entidad responsable de la promoción del desarrollo pesquero y acuícola y colabora con el SENASA en el control y verificación del cumplimiento de requisitos y condiciones de las embarcaciones pesqueras de la Flota Costarricense en materia de inocuidad con el objetivo de garantizar que los productos pesqueros sean inocuos.

3) Consejo Nacional de Producción (CNP)

Es un ente autónomo del Estado cuya función es promocionar y fomentar las actividades productivas agropecuarias y mejorar el desarrollo económico del país y su competitividad. Dentro del ámbito de la inocuidad y calidad de alimentos, el CNP se encarga de:

– Promover la reglamentación de mercados destinados a la venta de productos de origen agropecuario de consumo popular.

– Fiscalizar el establecimiento de mercados, por medio de organizaciones de productores agropecuarios, asociaciones de desarrollo comunal o cooperativas, con el objetivo de que cuenten con la infraestructura mínima necesaria.

– Coordinar la certificación de calidad de productos agropecuarios y la metrología industrial.

– Capacitar a los participantes de ferias, en aspectos propios de mercadeo, agroindustria, manejo postcosecha, calidad agrícola, buenas prácticas agrícolas, inocuidad de alimentos, entre otros.

– Por medio del Laboratorio del Área de Inspección y Verificación de Calidad del CNP, ejecutar muestreos, inspecciones y ensayos, amparados en los Reglamentos Técnicos de Calidad, para comprobar la calidad de los productos hortícolas perecederos y granos básicos, sean de producción nacional o importados.

 

4) Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC)

El MEIC es el ministerio del gobierno de Costa Rica encargado de participar en la formulación y planificación de la política económica del gobierno, así como de regir las políticas públicas relacionadas con la iniciativa privada, desarrollo empresarial y fomento de la cultura empresarial para los sectores de industria, comercio y servicios, así como para las pequeñas y medianas empresas (PYMES).

Dentro del ámbito de inocuidad de alimentos, es la institución encargada de la coordinación y elaboración de los reglamentos técnicos sobre alimentos, regulando aspectos de calidad y de etiquetado. También tiene a su cargo la verificación en el mercado nacional del cumplimiento de reglamentos técnicos de calidad de los sectores productivos bajo su tutela, como el sector alimentario y del etiquetado de productos.

 

2. Servicios de inspección de alimentos

El Ministerio de Salud ejecuta un plan anual de control de alimentos con el fin de verificar el cumplimiento de varios Reglamentos Técnicos tanto nacionales como regionales (criterios microbiológicos, aflatoxinas, nitritos y nitratos, entre otros) mediante muestreo y análisis de productos en el mercado nacional. Para este plan, las muestras son tomadas en el punto de venta, por lo que incluye a alimentos de origen nacional como importados. Además, realiza controles periódicos, aunque menos frecuentes en aeropuertos, almacenes fiscales y otros puntos de ingreso de productos importados. Estos análisis se realizan en el laboratorio oficial (INCIENSA). También verifica el cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura en industrias de alimentos que no sean exclusivamente de origen animal y realiza controles en servicios de alimentación al público y participa en operativos interinstitucionales para el cumplimiento de reglamentos técnicos. También en coordinación con el Servicio Fitosanitario del Estado, realiza muestreos aleatorios a importaciones de granos como el maíz y el maní para control de aflatoxinas en puntos de ingreso al país.

El SENASA cuenta con la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal (DIPOA), que se encarga de regular y controlar la seguridad sanitaria e inocuidad de los alimentos de origen animal para consumo humano en forma integral, a lo largo de la cadena de producción alimentaria para la protección de la salud humana, para lo cual verifica infraestructura, procesos y resultados en los establecimientos. El SENASA, además está facultado para realizar evaluaciones, auditorías e inspecciones en establecimientos que elaboran alimentos exportables a Costa Rica, del mismo modo realiza inspecciones en los puntos de ingreso de dichas mercancías, contando con controles de laboratorio regulares para determinar condiciones de inocuidad en dichos alimentos.

El Departamento de Verificación de Mercado del MEIC realiza inspecciones para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en los reglamentos técnicos nacionales y regionales en materia alimentaria, tanto los de carácter general como los específicos.  Estos procesos incluyen la verificación de etiquetado, especificaciones de calidad y otra información relevante para los consumidores.  Además, se coordinan inspecciones con el SFE, el SENASA y el Ministerio de Salud en materia de inocuidad y calidad microbiológica de los alimentos dispuestos en puntos de venta del país. Los aspectos de calidad, para alimentos importados son verificados en forma aleatoria en los puertos de ingreso al país por medio de la Dirección de Calidad Agrícola del CNP.

En los siguientes enlaces, se puede encontrar información para realizar exportaciones de alimentos a Costa Rica:

 

3. Servicios de laboratorio

Los laboratorios oficiales implicados en el control nacional de alimentos son los siguientes:

3.1. Laboratorio Nacional de Servicios Veterinarios (LANASEVE)

Laboratorio perteneciente al SENASA y está encargado de brindar el apoyo analítico al SENASA y organismos externos que ejecutan, analizan o evalúan acciones en salud animal y salud pública veterinaria, como constatación de calidad de medicamentos veterinarios, diagnóstico, oficialización de laboratorios, determinación de inocuidad y residuos en alimentos. Le corresponde generar los lineamientos, políticas y realizar auditoría de los laboratorios regionales.

3.2. Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA)

Institución adscrita al Ministerio de Salud, cuyas actividades están orientadas a la investigación en salud pública, la vigilancia epidemiológica, y la enseñanza y el aseguramiento de la calidad. Dentro del INCIENSA se encuentran varios centros nacionales de referencia los que incluyen bromatología e inocuidad de alimentos.

3.3. Laboratorio de Análisis de Residuos de Agroquímicos del Servicio Fitosanitario del Estado

Laboratorio perteneciente al SFE cuya función es realizar análisis de residuos de agroquímicos en productos vegetales frescos para el consumo nacional, así como los importados, y de exportación, con el objetivo de determinar el cumplimiento de las normativa nacional e internacional en cuanto a los límites máximos de residuos de plaguicidas permitidos, para garantizar a la población un consumo seguro.

3.4. Centro Nacional de Ciencias y Tecnología de Alimentos

Centro perteneciente a la Universidad de Costa Rica cuya función es ofrecer soluciones y herramientas útiles para elevar los niveles de competitividad del sector agroalimentario nacional y regional por medio de la investigación, la docencia y la transferencia en ciencia y tecnología de alimentos. Brinda servicios en gestión de calidad en la industria alimenticia, servicios analíticos y de mercadeo y desarrolla el Programa de Desarrollo Agroindustrial Rural y Pequeña Empresa (PYMES-DAIR)

3.5. Laboratorio Costarricense de Metrología

Es un ente de desconcentración máxima, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, con personalidad jurídica instrumental oficial del país cuya función es atender todos los asuntos metrológicos, siendo por ley el laboratorio nacional de referencia.

 

4. Legislación y reglamentos alimentarios

Costa Rica es miembro del Consejo de ministros de Integración Económica (COMIECO), el cual está conformado por Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica, el que tiene a su cargo la coordinación, armonización, convergencia o unificación de las políticas económicas de los Estados Parte. El COMIECO ha aprobado una serie de Reglamentos Técnicos Centroamericanos (RTC) en materia de alimentos e insumos agropecuarios y los Estados implementan dichos Reglamentos como parte de sus sistemas regulatorios, como es el caso de Costa Rica. Debido a lo anterior, la normativa alimentaria de Costa Rica está compuesta por regulaciones nacionales y RTC incorporados al marco jurídico del país.

En los siguientes enlaces se puede encontrar la normativa alimentaria de Costa Rica.

 


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