PANAMÁ

1. Sistema Nacional de Control de Alimentos (SNCA)

Recientemente Panamá actualizó su institucionalidad (17 de mayo de 2021) creando en el Ministerio de Salud (MINSA) la Dirección Nacional de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria. Esta nueva institución reemplaza a los anteriores Departamento de protección de alimentos y Departamento de zoonosis.

Las instituciones que componen el SNCA en Panamá son:

1.1. Dirección Nacional de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria

 ntidad dependiente del Ministerio de Salud con la responsabilidad de controlar, vigilar y prevenir en el territorio nacional los riesgos y daños, así como la calidad e inocuidad alimentaria, el estudio y aplicación de medidas de salud pública, en lo referente a enfermedades animales transmitidas al hombre. Es la entidad encargada de establecer normas y reglamentos que vigilen el nivel de cumplimiento, adoptando las medidas necesarias en caso de incumplimiento, con el objetivo de contribuir a mejorar el nivel de salud y bienestar de la población. Dentro de su ámbito de competencia se encuentran los alimentos producidos dentro del país para consumo interno, para exportación y alimentos importados, además de los productos higiénicos utilizados en la producción de alimentos, ya sea de uso doméstico y/o industrial.

 1.2. Agencia Panameña de Alimentos (APA)

Entidad del Estado cuyo objetivo principal es la gestión y verificación de trámites para la producción agroindustrial e industrial de alimentos; así como la exportación e importación de alimentos, su tránsito y trasbordo, de conformidad con las normas de salud animal, sanidad vegetal, cuarentena e inocuidad, así como las normas de comercio internacional. Estas normas y requisitos que deben cumplir los alimentos que se produzcan, transformen, comercialicen, exporten, importen, transiten y transborden en Panamá (sanitarios, fitosanitarios, de inocuidad o reglamentos técnicos generales o específicos) son dictadas por los Ministerios de Salud, Desarrollo Agropecuario y Comercio e Industrias.

 

2. Servicios de inspección de alimentos

Los procedimientos de inspección de alimentos correspondían a la antigua AUPSA, entidad que fue transformada en la APA, por lo tanto, estas atribuciones le fueron traspasadas. Es decir, la APA, es la entidad encargada de la inspección de todos los alimentos en Panamá. Sin embargo, actualmente APA se encuentra en un proceso de transición y aún sigue utilizando las herramientas informáticas de AUPA para el registro de alimentos y avisos de importaciones.

Requisitos sanitarios de alimentos: http://www.aupsa.gob.pa/RES/

Sitio web de AUPSA: https://www.aupsa.gob.pa/

 

3. Servicios de laboratorio

Los análisis para determinar la inocuidad y calidad de los alimentos se realizan en laboratorios estatales externos: Laboratorio de Alimentos y Aguas del Instituto Conmemorativo Gorgas de Estudios de la Salud, Instituto Especializado de Análisis de la Universidad de Panamá, y los Laboratorios de Sanidad Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario.

El Instituto Conmemorativo Gorgas es el Laboratorio Central de Referencia en Salud Pública y es el organismo que regula la actividad de todos los laboratorios de salud pública, privados de naturaleza diversa, comerciales y profesionales establecidos en la República de Panamá. Realiza los parámetros físicos, químicos, nutricionales y microbiológicos para aumentar la cobertura y eficiencia de los servicios analíticos en los programas de alimentos, aguas, cosméticos y nutrición, garantizando la salud pública, protección al consumidor y facilitando el libre comercio.

Tiene una participación vía Web de la Red Interamericana de los Laboratorios de Análisis de Alimentos (RILAA) en el grupo de calidad, de Química y de Microbiología, además de participar en la red de programas de ínter laboratorios con Canadá, INTI de Argentina e INPPAZ Argentina.

El Concejo Técnico adscrito al Ministerio de Salud es la entidad encargada de la acreditación de laboratorios.

 

4. Legislación y reglamentos alimentarios

Las principales normativas relacionadas a alimentos en Panamá son las siguientes:

  • Código Sanitario (Ley 66 de 10 de noviembre de 1947) regula en su totalidad los asuntos relacionados con la salubridad e higiene públicas, la policía sanitaria y la medicina preventiva y curativa. Establece como actividades sanitarias en relación con los alimentos: determinar los requisitos que deben llenar los alimentos; recolectar muestras de substancias alimenticias, elaboradas o no y someterlas a exámenes bromatológicos; desarrollar toda actividad que asegure la máxima protección de los alimentos. También establece que no se podrá elaborar ni comerciar con alimentos o bebidas que no hayan sido analizados y registrados en la dirección General de Salud Pública.
  • Decreto Ejecutivo 256 de 13 de Junio de 1962: Reglamento para registro y control de alimentos y bebidas. Establece que toda sustancia alimenticia y toda clase de bebidas, para uso de las personas están sujetas a la fiscalización. También están sujetas a fiscalización los utensilios, envases y recipientes empleados en la elaboración, conservación, traslado y expendio de las substancias alimenticias y de las bebidas.
  • Decreto Ejecutivo 352 de 10 de octubre de 2001: Reglamenta la aplicación obligatoria de los procedimientos estandarizados de las operaciones de limpieza y desinfección, las buenas prácticas de manufactura y el sistema de análisis de peligros y control de puntos críticos, en las plantas.
  • Decreto Ejecutivo 81 de 31 de marzo de 2003: Modifica el decreto ejecutivo 352 de 2001, sobre los procedimientos estandarizados de las operaciones de limpieza y desinfección, las buenas prácticas de manufactura y el sistema de análisis de peligros y control de puntos críticos en las plantas.
  • Decreto Ejecutivo 770 de 14 de Mayo de 2021: Crea la dirección nacional de control de alimentos y vigilancia veterinaria, como una dependencia del ministerio de salud.

 


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