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Consiste en un kit de herramientas con información clara y sencilla sobre trámites legales y tributarios de los emprendimientos, permitiendo al usuario, conocer cuáles son los pasos ordenados que se deben realizar, que documentación presentar y donde dirigirse al momento de realizar los trámites correspondientes.
Sí. El interesado deberá acogerse a lo determinado en la Ley Nº 19.749 para obtener su patente comercial como microempresario familiar acudiendo, en primer lugar a la municipalidad de su sector, la que extenderá el certificado de microempresario familiar respectivo. Luego, deberá acondicionar las dependencias de su hogar para la elaboración de los alimentos, dando cumplimiento para ello con lo dictaminado en el Reglamento Sanitario de los Alimentos. Finalmente, deberá ingresar la solicitud de autorización sanitaria con el fin de obtener la resolución que le permitirá su funcionamiento.
Las propiedades que no pueden conectarse a la red pública de alcantarillado y/o agua potable, tienen que presentar el o los proyectos correspondientes en la SEREMI de Salud para aprobar sistemas particulares de agua potable y/o alcantarillado. Si la propiedad es abastecida por un sistema perteneciente a un condominio, será la administración del sistema comunitario la que apruebe la conexión domiciliaria.
El procedimiento para registrar una marca comercial en Chile comprende básicamente tres etapas: ingreso y examen de forma de la solicitud, trámite de la publicación del extracto en el Diario Oficial y examen de fondo de la solicitud.
El primer paso es la presentación de la respectiva solicitud, que debe solicitar protección para productos, servicios, o frases de propaganda, estableciendo la(s) clase(s) para las que se solicita protección con la actividad específica dentro de la respectiva clase (ej. marca para muebles, cervezas, vestuario, servicios financieros). De esta solicitud se hace un examen formal para verificar que se cumplen los requisitos legales y reglamentarios.
Una vez aprobado el examen formal, se debe publicar la solicitud en el Diario Oficial a efectos de que terceros puedan oponerse a la solicitud en caso de que estimen tener mejor derecho. Haya habido oposición o no, INAPI hace un examen de fondo para verificar que la solicitud de marca no infringe alguna de las causales legales de irregistrabilidad. Una vez que la solicitud aprueba este examen de fondo, el Director Nacional del INAPI otorga la resolución administrativa que concede la marca y posterior registro de la misma. En caso de ser rechazada la solicitud de marcas, existe la posibilidad de apelar de esta resolución ante el Tribunal de Propiedad Industrial.
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