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Según señalan los Principios Generales del Codex Alimentarius en su manual de Higiene de los Alimentos, la inocuidad es la garantía de que los alimentos no causarán daño al consumidor cuando se preparen y/o consuman de acuerdo con el uso a que se destinan.
La inocuidad tiene que ver con asegurar que los alimentos no estén contaminados y esto se logra mediante el control en cada punto de la cadena de alimentos, desde la producción hasta el consumo.
La inocuidad es un tema tremendamente importante para nuestro país, en especial para el sector productor y comercializador de alimentos porque si no se asegura la disponibilidad de alimentos inocuos a la población se pueden originar serios daños a la salud de los consumidores de Chile y de los países receptores de nuestras exportaciones. Cumplir con estándares de inocuidad es un requisito fundamental para el desarrollo del sector alimentario.
Los mercados de exportación son cada día más exigentes en el cumplimiento de estándares que permitan certificar la inocuidad de nuestros productos y año a año Chile también ha aumentado las exigencias para comercializar alimentos dentro del país, pidiendo a los productores y comercializadores locales que respalden la inocuidad de su producción.
Utilizar mecanismos de producción y comercialización que aseguren la inocuidad de los alimentos es un deber para los productores porque acceder a alimentos inocuos es un derecho fundamental de las personas.
Además, día a día la inocuidad es una exigencia más patente de los mercados tanto locales como internacionales. Entonces, en la medida en que se pueda producir tomando en consideración este tipo de prácticas, los emprendedores alimentarios chilenos podrán acceder a un mayor número de mercados y más sofisticados.
Cumplir con estándares de inocuidad es una medida fundamental para aquellos productores o comercializadores que quieran vender mayores volúmenes de productos y que quieran exportar.
Más información se puede obtener en la página del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Instituto de Salud Pública, Ministerio de Salud
La Agencia Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria, ACHIPIA, es una comisión asesora presidencial que tiene la tarea de asesorar al Presidente de la República en todo cuanto diga relación con la identificación, formulación y ejecución de políticas, planes, programas, medidas y demás actividades relativas a la calidad e inocuidad alimentaria y con el desarrollo de un sistema nacional de calidad e inocuidad alimentaria, y a servir de instancia de coordinación entre los organismos con competencias asociadas a dichas materias. (Ver Decreto 83 que crea la comisión asesora presidencial)
a) Formular y proponer una Política Nacional de Calidad e Inocuidad de Alimentos, así como las medidas, planes y programas tendientes a su ejecución y cumplimiento.
b) Servir de instancia de coordinación para la aplicación de la política nacional de inocuidad de alimentos y de los programas, planes y medidas que en ese marco se implementen.
c) Velar por que la política exterior de Chile, en aquellas materias que tengan incidencia en asuntos relativos a la inocuidad y seguridad alimentaria, se adecue a la Política Nacional de Calidad e Inocuidad de los Alimentos, propiciando para ese efecto la coordinación entre las carteras representadas en la Agencia, y efectuando las proposiciones pertinentes.
d) Elaborar y proponer un proyecto de ley que cree un Sistema Nacional para la Calidad e Inocuidad de los Alimentos y la Autoridad Chilena de Seguridad de Alimentos.
e) Estudiar la legislación nacional vigente aplicable en materia de seguridad alimentaria y proponer las normas y reglamentos que sean necesarios para su perfeccionamiento, incluyendo normas respecto a etiquetado y rotulación de alimentos.
f) Servir de instancia de coordinación de los organismos públicos que tengan competencias asociadas a la seguridad e inocuidad de los alimentos, en particular en la preparación de propuestas de Guías de Procedimientos y Estándares Técnicos, de propuestas de Procedimientos de Evaluación de Riesgos, Control e Inspección y en la atención y control de eventos de emergencia asociados a la alimentación.
g) Proponer un sistema de información y alertas alimenticias que integre las distintas fuentes de información acerca de eventos de inocuidad en alimentos con el propósito de dotar al Estado de una herramienta que le permita responder con agilidad ante situaciones de riesgo; y que además permita una evaluación efectiva de los programas de control e higiene de los alimentos, de modo de mejorar la gestión de los servicios competentes y la toma de decisiones en políticas públicas.
Todos los servicios del Estado estarán obligados a proporcionar la información, en el ámbito de sus respectivas competencias, que a este respecto les sea oficialmente solicitada por la Agencia.
h) Elaborar y entregar al Presidente de la República un informe anual que contenga una evaluación del desempeño de la institucionalidad de seguridad alimentaria nacional y las recomendaciones para su mejoramiento, y los demás informes específicos que se le requieran o que emanen del desarrollo de sus tareas.
i) Las demás tareas que sean necesarias y pertinentes para el cumplimiento de su cometido de asesoría al Presidente de la República.
La Comisión Asesora Presidencial denominada Agencia Chilena para la Inocuidad Alimentaria, ACHIPIA, se creó en agosto de 2005 a través de la promulgación del Decreto Supremo N°83 del mismo año del Ministerio Secretaría general de la Presidencia.El 05 de abril de 2011 se traspasa la dependencia de la ACHIPIA al MINAGRI con la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 162 de 2011 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Junto con ello se introduce el tema de la Calidad como una de las atribuciones de la Agencia, además se transfiere a la Agencia la coordinación de la Secretaría Nacional del Codex Alimentarius y la operación de una Red de Información y Alertas Alimentarias.
Los requisitos técnicos en relación a inocuidad alimentaria que se deben cumplir están estipulados en el Reglamento Sanitario de los Alimentos, decreto N° 977/96, del Ministerio de Salud. Esta normativa la deben cumplir todos los alimentos que se comercializan dentro del país. Además, si esta misma empresa productora de alimentos elaborados dentro del sector agropecuario quisiera exportar, deberá cumplir los requisitos impuestos por el mercado de destino.
En el caso de los agricultores o empresas dedicadas a la producción primaria (productos no elaborados, ejemplo fruta fresca, carnes, etc.) que quieran exportar, también deben conocer las exigencias del país de destino, que han ido incorporando nuevos requisitos de inocuidad. En el caso que algún país requiera de un certificado oficial, los exportadores deberán solicitarlo al Servicio Agrícola y Ganadero, SAG.
Se resume en formular y proponer planes, políticas y medidas en el ámbito de la calidad e inocuidad de los alimentos, así como servir de instancia de coordinación entre las instituciones asociadas con competencias asociadas a dichas materias. Estas Instituciones son el Ministerio de Salud, el Instituto de salud Pública, El ministerio de Agricultura, el Servicio Agrícola Ganadero, El Ministerio de Economía, La Subsecretaría de Pesca, el Servicio Nacional de Pesca, el Instituto nacional de Normalización, la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales y el Ministerio de Relaciones Exteriores, entre las principales.