FSMA: Conozca más sobre las nuevas normas de inocuidad alimentaria para exportar a Estados Unidos

22 febrero 2016.-Se trata de las normas finales incluidas en el FSMA (Modernización de la ley de inocuidad alimentaria de Estados Unidos) que el país del norte ha estado proponiendo desde 2013 con el fin de minimizar riesgos a la salud humana. Una vez en vigencia, los países exportadores deberán asumir estas nuevas disposiciones para entrar o mantenerse en el mercado estadounidense.

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La Norma para la Inocuidad de las Frutas y Hortalizas Frescas (“Standards for the Growing, Harvesting, Packing, and Holding of Produce for Human Consumption”) es una de las siete normas de la FSMA (Food Safety Modernization Act) que mandata la creación de un sistema de inocuidad alimentaria moderno y basado en la prevención. Todo ello con el doble propósito de prevenir la contaminación de los alimentos y proteger a los consumidores de las enfermedades que pueden ser transmitidas por éstos. Claudia Villarroel, profesional del área de soporte al análisis de riesgos de ACHIPIA, está a cargo de analizar estas disposiciones y aportar en su implementación al interior del sistema nacional de inocuidad y calidad alimentaria, específicamente, con las entidades y productores que están exportando alimentos a Estados Unidos. La propuesta original de esta norma, publicada en el Registro Federal, con fecha 16 de Enero de 2013, fue complementada el 29 de Septiembre de 2014, fecha en la que se introdujeron algunas modificaciones, incluyendo la incorporación de estándares de calidad del agua y su testeo, la higiene de los encargados de manipular los alimentos, entre otras regulaciones. Adicionalmente, el 13 de Noviembre de 2015 se publicó la norma final de esta sección, que hace referencia a producción primaria de alimentos

Las normas finales incluidas en el FSMA para exportar alimentos frescos y procesados a Estados Unidos se detallan a continuación:

  1. Produce Safety Rule (norma de producción primaria)

Establece estándares científicos para el cultivo, cosecha, empaque, y manejo de frutas y vegetales frescos, que incluyen requerimientos sobre calidad del agua, higiene y salud de los empleados, animales salvajes y domesticados, abono y estiércol de origen animal, equipos, herramientas e inmuebles.

El FDA indica que esta norma no afecta a aquellos alimentos que generalmente no son consumidos en crudo, como ciertos tipos de frijoles, remolachas, frutos secos, café, maíz dulce, dátiles, higos, papas y otros.

  1. Foreign Supplier Verification Programs (programa de verificación de proveedores extranjeros de alimentos):

Establece que los importadores deberán verificar que los proveedores extranjeros produzcan los alimentos siguiendo las normativas estadounidenses. Esta disposición es importante porque aproximadamente el 19% de los alimentos consumidos en ese país proceden del exterior. De esta cantidad, el 52% son frutas frescas importadas y el 22% son vegetales frescos.

  1. Accredited Third-Party Certification (acreditación de organismos auditores/certificadores de terceros para conducir auditorías de inocuidad alimentaria y emitir certificaciones).

Establece un programa de acreditaciones a terceras partes para que realicen auditorías en inocuidad alimentaria y emitan certificados de cumplimento a instalaciones extranjeras y a los alimentos allí producidos para consumo humano o animal.

  1. Preventive Controls for Human Food (Controles preventivos de alimentos para consumo humano)

Establece una revisión de las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) actuales, análisis de peligro y controles preventivos basados en riesgos.

  1. Preventive Controls for Animal Food (Controles preventivos de alimentos para consumo animal):

Establece una revisión de las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) actuales, análisis de peligro y controles preventivos basados en riesgos.

Plazos de implementación

Los plazos de implementación de las disposiciones contenidas en el FSMA, dependerán de la fecha de publicación de las normas finales. En general los plazos son de un año corrido desde su publicación (por ejemplo, si la norma final fue publicada en Septiembre de 2015, entonces su plazo de implementación será a Septiembre de 2016). Es importante considerar que dependiendo de la norma, existen algunas exenciones que pueden ser consultadas en el sitio de la FDA: http://www.fda.gov/Food/GuidanceRegulation/FSMA/ucm257986.htm

En el marco de la difusión de estas normativas, a nivel nacional, se comenzaron a realizar talleres de difusión. El 19 de noviembre de 2015 se realizó en Puerto Varas un taller de capacitación enfocado en difundir las nuevas exigencias que impondrá el FDA en la industria salmonera nacional.

A partir de abril del 2016 se continuará en las regiones que han sido priorizadas en función de la producción de exportación (Atacama, Valparaíso, Metropolitana, O´Higgins, Maule y Bio-Bio)

¿Cuántos alimentos frescos exporta Chile a Estados Unidos?

Según datos proporcionados por la Oficina de Políticas Agrarias (ODEPA), desde Enero a Diciembre de 2015 fueron exportados a Estados Unidos 743 mil toneladas de hortalizas y frutas frescas que consideran 30 especies distintas.

Fuentes:

www.inocuidad-alimentaria.org

http://www.chileagricola.us/eeuu/wp-content/uploads/2014/11/Boletin-Informativo-Nro-1-21-Enero-2015-FINAL.pdf

http://www.odepa.cl/estadisticas/comercio-exterior/

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